lunes, 22 de octubre de 2012

¿Quien responde por los repuestos?



Ariculo tomado de http://www.carroya.com/contenido/clasificar/comprayventa_clasificar/clasificar

No existe una reglamentación sobre el tiempo o kilometraje mínimos que deben tener las garantías de los repuestos, y esta práctica la aceptan como válida las autoridades.


Normalmente las condiciones de la garantía constan en la factura de venta y no en un documento separado, aunque hay repuestos que si traen su propio certificado de garantía (farolas, baterías, radios, etc).

En todo caso, todo repuesto nuevo que se vende en el país lleva implícita por mandato legal una garantía de calidad e idoneidad, que si no se expresa por escrito será la que es ordinaria y habitual en los repuestos de su especie.

El consumidor puede reclamarle al vendedor o directamente al productor la garantía de los repuestos defectuosos (cambio, reparación o devolución del dinero), y generalmente lo hace ante el primero, que a su vez puede repetir contra el productor para que le reembolse los gastos en que haya incurrido al retomar el repuesto defectuoso.

¿Quién responde por la garantía de los repuestos?
- Cumplirá el distribuidor, si la garantía del repuesto dice que se puede hacer efectiva en cualquiera de los almacenes distribuidores (el consumidor afectado podrá recurrir a cualquiera de ellos).
- Responderá el vendedor o el productor, si la garantía no dice nada lo contrario.
Los productores de los vehículos nuevos no pueden usar como argumento para rechazar un reclamo por garantía el hecho de que los repuestos instalados por el propietario no sean originales (iguales a los que trae el vehículo), ya que deben demostrar que tales repuestos (no originales) no son idóneos, y que por esa razón ocasionaron los daños que se reclaman.

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